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  • Tener un libro, escribir un árbol, plantar un hijo

    Tener un libro, escribir un árbol, plantar un hijo

    Son los objetivos (recuerdos) de una infancia feliz. No lo decían los griegos porque estaban muy ocupados siendo adultos cuando el mundo era niño. Ahora que el mundo es viejo podemos retocar un poco el dicho a ver si tiene algún sentido.

    Tener un libro. Me acuerdo que de chicos nos pasábamos horas de horas leyendo. El sol brillaba afuera, había un enorme jardín para jugar, y una madre que nos prohibía estar dentro de la casa, tirados, leyendo. Y si, la posición mas cómoda era estar tirados mientras la mente navegaba con Sandokan, o asechaba en los caminos de Sherwood con Robin Hood y Little John.

    Cada uno tenía sus libros favoritos, sus personajes, su biblioteca y sus escondites. Los libros nuevos se firmaban bien grande para evitar confusiones. Y si en Navidad o para el cumpleaños te regalaban una remera en vez de un libro, había que aguantarse y agradecer igual.

    Claro que no había televisión, ni computadora ni celulares en casa. Nuestra curiosidad e imaginación vivían pendientes del ultimo libro disponible. Y al ser muchos hermanos, había que esperar a que el otro terminara de leer el libro completo, porque siempre era motivo de pelea la marcación de las páginas.

    Escribir un árbol. Esos enormes pizarrones de madera viva. Los mejores son los eucaliptus ¿O no? ¿Conocen alguno mejor? Son enormes y tienen esa corteza verde que se marca tan fácil.

    En el colegio había un eucaliptus que era la cartelera oficial del alumnado. Los campeonatos de ta-te-ti se jugaban en ese árbol. En las ramas más altas se dibujaban corazones con iniciales conectadas por un flechazo. Declaraciones de guerra entre un bando y otro. Acusaciones graves. Corazones apócrifos con el chisme de alguna maestra soltera vista en conversaciones con un muchacho.

    Los árboles eran para trepar y para escribir. El que no lo haya vivido así, se perdió grandes cosas.

    Plantar un hijo. Éste era el deporte favorito de las madres cuando los hijos estaban muy molestos en casa. “¿Porqué no te vas a lo de fulanito a jugar un rato?”. O “¿te los dejo un ratito que me voy a hacer compras?”.

    Cuando se iba mamá nosotros éramos unos duques, o unos salvajes. Sin término medio. Las visitas a las casas de los amigos eran verdaderas fiestas, o un soberano opio. Salir del territorio propio era ir a la conquista o al cautiverio. Y creo que esto lo manejaban muy bien todos los padres.

    También está la otra acepción, la del castigo de quedarse mirando la pared. ¡Era lo más aburrido del mundo! Todos alrededor jugando y uno plantado ahí sin poder moverse. Estas son cosas que de chico se valoran mucho, pero de grande más todavía. Por eso el dicho, que sin forzarlo mucho nos deja cambiarle el sentido, para que cada uno lo llene con su bagaje de recuerdos, y sueñe con poder transmitirlo a sus propios hijos

  • 50 mentiras abortistas

    Introducción de La Botella al Mar: El 14 de enero 2021 se promulgó en Argentina la “Ley de Interrupción Voluntaria del Embarazo”, el eufemismo usado para describir una expansión del derecho al aborto ya existente en nuestro país que desde 1921 permitía el aborto “terapéutico” en algunos casos. La promulgación de esta ley significó una victoria para la coalición formada por la izquierda, el kirchnerismo, femi-nazis y afines que, actuando ante la pasividad inexcusable del Episcopado argentino y del mismo Papa Francisco, y la apatía de muchos, consiguió pasar la Ley que había sido derrotada tan solo dos años antes.

    Pese a que la promulgación de esta ley significa una batalla perdida, aquellos de nosotros que defendemos la vida desde la concepción hasta la muerte natural, creemos que la guerra y la lucha continúan. Es nuestra obligación continuar esta lucha, educando y rezando para que argentinos de las próximas generaciones entiendan la aberración que se ha cometido, y tengan el coraje de revertir estas leyes perversas.

    En ese espíritu, reproducimos aquí un listado de las 50 principales mentiras escondidas en el discurso pro abortista, de autoría del Dr. Fernando Secín, uno de los muchos médicos argentinos que manifestó con coraje sus convicciones en defensa de los niños por nacer.

    1. Disfrazar una ley para implementar el aborto legal haciéndole creer a la gente que es una ley de despenalización. La legalización supone que el estado garantice el derecho a abortar y la despenalización supone que el delito tan grave del aborto quede impune. No habrá culpable por la muerte del inocente.
    2. No reconocer lo que dice la ciencia que hay vida independiente desde la concepción y hacer creer que se puede hacer lo que quieran con la vida de un tercero indefenso, cosa que va en contra del art. 19 de la constitución Nacional.
    3. No reconocer el primer derecho de todo ser humano que es el derecho a la vida. No hay derecho del trabajador, derecho a opinar, a la libertad sin haber antes derecho a vivir.
    4. Ir en contra de la constitución Nacional y la declaración de los derechos del niño.
    5. Terminar con la vida de un ser humano sin dar posibilidad de defensa avasallando sus derechos, incluso discriminándolos por potenciales discapacidades o trastornos neurológicos, intelectuales, motores, sensoriales , etc.
    6. Hacer creer que el bebé que lleva una mujer en su útero es una parte más de su cuerpo como si fuese un brazo o una pierna y que puede hacer con ese ser humano lo que quiera. Después del parto la mujer vuelve a ser como era antes del embarazo. Cuando esa mujer muera, sus brazos o piernas se irán con ella, más nunca el hijo que dio a luz. Los hijos no nos pertenecen. Aún para la amputación de un órgano es necesaria una indicación médica, que justifique el procedimiento para salvar la vida del paciente.
    7. Pretender cosificar a un ser humano, como si fuese una “larva” que se pudiera extirpar. Se busca cualquier escusa para justificar la práctica, sin embargo, no logran ponerse de acuerdo (Semana 8, 12, 14, 20, no es persona, no tiene actividad cerebral, cardiaca, etc.) porque cualquier excusa carece de sustrato científico.
    8. Dar la opción de abortar no hace más libre a la mujer, sino todo lo opuesto, es ofrecer una trampa, una falsa libertad. La libertad es la posibilidad de elegir entre dos o más bienes, nunca entre un bien y un mal. Más que liberar a la mujer, la convierte en madre de un hijo muerto.
    9. Pretender desviar el foco del debate de Aborto Legal Sí o No, hacia otros como Aborto seguro o inseguro, Aborto legal o clandestino.
    10. Que el aborto (y no el robo u otros delitos) debe ser legalizado ya que la sociedad debe reconocer que siempre habrá abortos y que sólo en lo que respecta al aborto debemos asumir que no será posible mejorar.
    11. Pretender ideologizar el aborto, cuando en realidad matar niños por nacer trasciende toda idea política, credo o religión. Es un problema humanitario.
    12. Influir sobre la opinión pública con cifras y argumentos falsos, en base a estudios metodológicamente sesgados y con cifras sobrestimadas, hecho del que advierten los mismos autores.
    13. Intentar subordinar nuestro País a los intereses pro abortistas provenientes del extranjero, como la banca mundial, el G20, o empresas multinacionales proabortistas, entre otros, que no respetan nuestra identidad ni valores nacionales.
    14. Hablar de interrupción del embarazo cuando en realidad se está exterminando intempestivamente a un niño por nacer. De no haber interrupción, todo ser humano en etapa embrionaria termina en un nacimiento.
    15. Hacer creer a la opinión pública que el aborto va a solucionar la pobreza, la violencia hacia la mujer, el abuso y la trata de mujeres.
    16. Inducir a pensar que provocar la muerte de un ser humano constituye un acto médico, avasallando y pretender que sea violado el Juramento que hacemos todos los médicos al momento de nuestra graduación.
    17. Hacer creer a la gente que defienden la vida cuando en realidad fomentan intencionalmente la muerte de niños por nacer.
    18. Disfrazarse de verde como estrategia de marketing, color identificado con la vida, cuando debieran vestirse de negro, de luto, por esta matanza indiscriminada de Argentinos por nacer.
    19. Escudarse detrás de menores, de chicos de colegio, que salen a promocionar la matanza de bebes intrauterinos, sin la debida información responsable.
    20. Consentir en la financiación de instituciones abortistas por dinero proveniente del extranjero, siendo en la actualidad una práctica ilegal.
    21. No reconocer el derecho a la objeción de conciencia. (Art. 14 bis de la constitución Nacional, Artículo 12 Pacto de San José de Costa Rica)
    22. Intentar separar al ser humano de su condición de persona, tal como lo establece la convención de los derechos del niño.
    23. Afirmar que antes de las 12 semanas del desarrollo embrionario al no existir actividad neurológica el embrión no es persona, ocultando los fundamentos básicos de la embriología humana. Su cerebro está desarrollándose y está teniendo lugar la neurogénesis (diferenciación de neuronas a partir de células precursoras). La actividad neuronal comienza en la 5ª semana. (No medible por métodos electrofisiológicos porque no se pueden hacer intraútero). Por lo tanto, muy poco tiempo después del retraso menstrual, hay actividad neuronal. Por ende, la mayoría de los abortos se hacen con actividad neuronal del bebé. El desarrollo del sistema nervioso continúa hasta los 20 años. (Bystron I. The first neurons of the human cerebral cortex. Nat Neurosci. 2006;9:880-6.) (Tau GZ. Normal development of brain circuits. Neuropsychopharmacology. 2010;35:147-68.)
    24. Sostener que el embrión va adquiriendo gradualmente su condición de persona aunque durante su desarrollo no cambie de especie. Además, si persona es el individuo de la especie humana, ¿cómo es posible que un individuo pueda ser más individuo con el tiempo? Porque todos somos seres de la especie humana desde el momento de la concepción.
    25. No reconocer lo que proclaman públicamente las instituciones Madre de la Medicina Nacional, como ser la Asociación Medica Argentina y la Honorable Academia Nacional de Medicina.
    26. Pretender que el protocolo de Interrupción Legal del Embarazo es una suerte de Ley cuando en realidad nunca fue decidido por los legisladores, y además, viola las autonomías provinciales.
    27. Involucrar a instituciones proabortistas en la redacción de protocolos de interrupción legal del embarazo por parte del ministerio de salud de la Nación dando una visión sesgada del problema. (Ver agradecimiento a casa FUSA, filial de International Planned Parenthood Federation –IPPF, principal compañía abortista en los Estados Unidos- en Argentina).
    28. Hacer creer a la sociedad que estamos frente a una suerte de emergencia sanitaria cuando en realidad las complicaciones por embarazo terminado en aborto (que podría incluir el aborto inducido) representa la causa número 40 de muerte en las mujeres en edad fértil entre los 15-49 años, y la tercera causa entre las madres embarazadas, luego de causas directas (5 veces más mujeres mueren de HTA, hemorragias y sepsis) o indirectas. (DEIS. Indicadores Básicos. Año 2015). Ministerio de Salud de la Nación.
    29. Hacernos creer que les preocupan las vidas de las mujeres cuando jamás se han movilizado para reducir las 39 principales causas de muerte de mujeres en edad fértil que les preceden a las provocadas por los embarazos terminados en aborto. Tampoco sus proyectos de ley contemplan que las mujeres pobres dan a luz en las mismas condiciones sanitarias que las mujeres que no lo son. (DEIS. Indicadores Básicos. Año 2015. Ministerio de Salud de la Nación).
    30. Hacer creer que con una pastilla se solucionan todos los problemas y sin traumas, sin advertir de sus gravísimos potenciales efectos adversos, como hemorragias masivas.
    31. Mentirle a las mujeres y decirles que el aborto no tiene complicaciones.
    32. Decir que la mortalidad materna es 0 en Países como el Uruguay que han legalizado el Aborto desconociendo los datos del ministerio de salud del Uruguay. (INTERRUPCION VOLUNTARIA DEL EMBARAZO (IVE). 2016. DATOS PRELIMINARES. AREA SALUD SEXUAL y SALUR REPRODUCTIVA. 21 DE MARZO 2017. Ministerio de Salud del Uruguay).
    33. Pretender instalar que el número de abortos disminuye luego de la legalización. En Uruguay aumento un 27% desde 2013 al 1016, con una diminución del 12% en la natalidad. Se legalizo el juego haciendo creer a la gente que disminuiría tras su legalización. Hoy estamos llenos de casinos y bingos, (negocio de unos pocos) y el juego clandestino persiste sin cambios. (“Tendencias recientes de la fecundidad, natalidad, mortalidad infantil y mortalidad materna en Uruguay”. Marzo 2017. Ministerio de Salud del Uruguay).
    34. Banalizar el debate dando lugar a estrellas de TV o de la farándula carentes de información.
    35. Hacerle creer a esas madres que piensan abortar que lo que se les está quitando de su cuerpo es solamente un cúmulo de coágulos.
    36. Hacerle creer a esas madres que piensan abortar que fácilmente pueden acceder a realizarse una ecografía de control en “centro de salud, sala pública o en un centro comunitario”, cuando es bien sabido que NO hay ecógrafos ni ecografistas en esos lugares, y que los hospitales están totalmente desbordados.
    37. Sugerir que el Misoprostol podría llegar a ser adquirido por internet, haciendo algunas recomendaciones de cuidado. En la Argentina, solo los médicos pueden confeccionar recetas.
    38. Hacerle creer a esas madres que piensan abortar que los médicos podrían darle sus números telefónicos por cualquier eventualidad.
    39. Hacerle creer a esas madres que piensan abortar que los médicos podrían negarse a hacer abortos por tener limitaciones en sus conocimientos.
    40. Hacerle creer a esas madres que piensan abortar y que no hablan español, que hay disponibilidad de intérpretes en hospitales o centros de salud.
    41. Hacerle creer a esas madres que piensan abortar que los traumas psíquicos pos aborto son “pavadas”. El aborto significativamente aumenta los riesgos de depresión, adicciones y conductas de riesgo, pánico, problemas psicosomáticos y suicidios. (Coleman PK. Abortion and mental health: quantitative synthesis and analysis of research published 1995-2009. Br J Psychiatry. 2011 Sep;199(3):180-6.)
    42. Ignorar intencionalmente las muertes que ocurren en forma alejada como consecuencia del aborto como ser la tasa de suicidios que es de 35/100.000 mujeres. (Gissler M, Hemminki E, Lönnqvist J. Suicides after pregnancy in Finland, 1987-94: register linkage study. BMJ. 1996 Dec 7;313(7070):1431-4)
    43. Hacer de la desesperación que pueda tener una madre con un chico por nacer un negocio millonario.
    44. Ocultar el tráfico y venta de órganos de fetos como ha quedado al descubierto por cámaras ocultas.
    45. Descalificar a todo el que se opone al aborto haciendo creer que se basa exclusivamente en motivos religiosos.
    46. No permitir que los padres de los niños por nacer participen en la toma de decisiones con respecto al futuro de sus hijos. Incluso, destruyendo la relación de familia fomentando el aborto de menores de 16 años sin el acompañamiento de sus propios padres, los abuelos de esos bebés.
    47. Hacer creer que el aborto es “gratuito” cuando en realidad es “no arancelado”, se paga con los impuestos y la cuota de las coberturas médica de salud. El agregado de prestaciones indudablemente va a impactar en un aumento en las cuotas de las prepagas y obras sociales.
    48. Pretender obligar a toda la población a pagar los abortos con sus impuestos, estén o no de acuerdo.
    49. Embaucar a la opinión pública que la educación sexual integral previene el aborto: en los países en los que el aborto fue legalizado y se aplicó esa estrategia, lejos de solucionar el problema, el número de abortos se vio incrementado.
    50. Pretender que el Estado tiene potestad para arrogarse el derecho de educar sexualmente a los niños sin contar con la aprobación y la conformidad de sus padres, que son los primeros educadores. De no informar a los padres el tipo de educación sexual que darán a sus hijos. De imponer una visión biologicista de la educación sexual a modo de adoctrinamiento que muchas veces les empuja al inicio en la actividad sexual precoz y promiscua, aumentando sus complicaciones y enfermedades de transmisión sexual. No es de extrañar un auge en abortos de adolescentes y su frustración social temprana, en un momento de su desarrollo en que las conexiones neuronales se siguen estableciendo y en que necesitan madurar sus percepciones y criterios.
  • Ley Natural y Ley Divina

    Hay una infinitud de disputas económicas, sociales o religiosas entre los cristianos que nos dejan atónitos, pues no es fácil entender cómo gente con el mismo Maestro pueden ser tan radicalmente contradictorios: unos son capitalistas liberales y otros marxistas totalitarios.

    Tal contradicción se da, en gran medida, porque casi toda la literatura cristiana habla de la ley natural y la ley divina como si fueran lo mismo. Si bien es verdad que la ley divina vino a perfeccionar la ley natural, también es verdad que hablar de ambas sin tener claro el propósito de cada una, es abrir la puerta a todo tipo de problemas.

    Así urge comprender a quienes, y a qué obliga cada una.

    1) La Ley Natural es la primera, fundamental y universal. Su cumplimiento hace al hombre agradable a los otros hombres, dictando el respeto por la vida, la libertad y la propiedad de los demás, sin lo cual la sociedad se hunde en el caos y el crimen.

    La Iglesia la promueve de forma universal, independientemente de costumbres, credos, etnias o culturas, pues tanto el ateo como el creyente tienen iguales derechos a su vida, su libertad y en consecuencia al fruto de su trabajo, sin lo cual el hombre pierde su dignidad, su iniciativa y su misma razón de ser.

    2) Ley Divina es únicamente aplicable a los creyentes, y su cumplimiento nos hace  agradables ante Dios, exigiéndonos ya sea la castidad, la caridad, la humildad y una gran lista de virtudes y sacrificios en vista a la salvación individual.

    La Iglesia la propone al individuo como una renuncia voluntaria de sus comodidades o derechos, para seguir a Cristo:  “Si tú quieres toma tu cruz y sígueme”, en consecuencia la única persona que puede obligarte a practicar actos cristianos, eres vos mismo.

    Así queda claro que, la Ley Divina es para quien la quiera cumplir cuando y como quiera, y de aquí que deriva el mérito de sacrificar tu tiempo, tus derechos, placeres o intereses en orden a una promesa para muchos incierta: “Yo seré tu recompensa demasiadamente grande”.

    Los problemas surgen naturalmente, pues como los cristianos aspiran a sacrificios y virtudes que a otros no les interesan, fácilmente caen en la tentación de delegar al Estado la tarea de imponer estas supuestas virtudes a todos, como puede ser la “Justicia Social con los Pobres”, los supuestos “derechos humanos, laborales, infantiles, etc.” y cuando nos damos cuenta, ya hemos perdido la libertad, la familia, la propiedad, la cultura, la privacidad y probablemente hasta la misma libertad religiosa.

    Todo por olvidar lo fundamental: Si ni Dios te puede obligar a practicar la virtud o la santidad, mucho menos el Estado, pues la única persona que puede obligarte a hacer el bien eres vos mismo.

    Por otro lado, existen los consejos evangélicos, que nos invitan a ofrecer la otra mejilla, a no reclamar lo nuestro, amar a nuestros enemigos, a dar bien por mal, o mejor aún a dar sin esperar recompensa = ¿impuestos, regulaciones y expropiaciones?

    Ahora bien. Cuando el Estado te obliga hacer tales cosas, entra en flagrante contradicción con su misión primordial de hacer valer y respetar la Ley Natural ya sea robando el fruto de trabajo, anulando tu patria potestad, tu cultura, tus credos y así ya no más el garante ni de tu libertad ni mucho menos de tus bienes.

    Esta confusión explica por qué muchos cristianos (y no cristianos) bajan la cabeza mansamente ante atropellos y abusos sin resistencia alguna, “es justo que yo siendo rico sea obligado a dar mi ganancia a los pobres”, “siendo cristiano tengo aprender a ser tolerante con travestis y la ideología de género infantil” o “habiendo heredado tierras o empresas, es justo que la divida con los piqueteros o los sindicalistas”, y la lista es de no acabar. 

    Ciegos guiando a ciegos, a tal punto que hasta Francisco y el clero en general, con raras pero gloriosas excepciones, no están exentos de caer en estos abusos de una forma u otra, reinterpretando los evangelios a gusto del poder: “La lucha de Cristo por los pobres, la justicia social, o el derecho de los niños a la…” o lo que fuera.

    Conclusión: Sin libertad real, no existe humanidad, bondad ni virtud. Sin libertad seremos como robots a servicio de estados totalitarios. La libertad no es secundaria al ser humano. Es absolutamente primordial, pues el hombre depende de ella, tanto para su progreso mental, material como espiritual.

    Que Dios se apiade de todos nosotros.

  • No olvidemos

    No olvidemos

    En China, según las estadísticas oficiales (si… ya se…) hay hoy en día, 33.967 casos de Covid, de los cuales el 99.7% son (según ellos) suaves y solo 106 están grave. No hay muertes reportadas.  

    Ya se.  Risible.

    Lo que no es risible es que cientos de millones de personas están en estricta cuarentena en China destruyendo vidas, familias, ciudades. Como mero botón de muestra, a esta altura, seguramente los lectores hayan oído de las diez personas (incluyendo un chiquito) que murieron en un incendio en la provincia de Xinjiang debido a que habían soldado las puertas de un edificio y no pudieron escaparse. Adicionalmente los bomberos no pudieron llegar por las barricadas erigidas por las autoridades para implementar la cuarentena.  Esto fue la gota que rebalso el vaso y dio origen a las protestas que están sucediendo en China a pesar de la violenta represión policial.

    Es un buen momento para acordarse de la cuarentena en nuestro país. Esta desastrosa política que no sirvió para contener el Covid: Argentina se ubica en el 14o lugar en número absoluto de muertes y 29 en la proporción cada 1M de habitantes a pesar de haber tenido una de las cuarentenas más feroces y extendidas.  Suecia que no tuvo cuarentena generalizada esta en el puesto 57… Brasil, que fue objeto de criticas feroces por parte de todos los “bien pensantes” como una especie de campo de exterminio, tuvo 3.202 muertes cada Millón de habitantes. Argentina 2.826.  Es decir, una diferencia del 14%.  Esto no toma en cuenta el daño inmenso a las vidas, a las familias, a la economía, y que, junto con otras políticas gubernamentales, se aumentó dramáticamente el nivel de pobreza, se retrocedió en materia educativa, aumentaron las depresiones y suicidios. Una vez que se contabilice todos los danos causados de forma honesta, probablemente la “factura del carnicero” sea aun peor.  

    Todo esto fue hecho siguiendo el modelo chino, propugnado por el comunista (no lo digo yo, lo dice él) Tedros de la OMS y otras luminarias “científicas” alrededor del mundo, incluyendo las locales. Ni hablemos de China en sí, que fue la autora material del delito a través de su (por lo menos) desidia e incompetencia en el ya famoso laboratorio de Wuhan.

    En algún momento la gente que produjo tanto desastre necesita pagar. Caro. Todos:  El gobierno Chino, sus cómplices en la UN, en la comunidad “científica”, en los medios, en los gobiernos alrededor del mundo.  Pero no solo ellos. Además recordemos a la gente de pie que dio apoyo a estas políticas y las hizo posibles. Se negaron redondamente a oír ninguna otra opinión que no fuera la que satisfacía sus miedos o sus deseos de mostrar cuan virtuosos y obedientes eran.  Y así nos costaron.

    Que las protestas en China sirvan de recordatorio.  

  • El nuevo totalitarismo

    En 1970, el filósofo católico italiano Augusto Del Noce advirtió sobre un nuevo tipo de tiranía que se desarrollaba en la cultura de posguerra de las naciones occidentales. Este “nuevo totalitarismo”, dijo, es menos vulgar pero más completo que cualquiera del pasado. Y se apoya en tres pilares. El primer pilar es el cientificismo; no la ciencia propiamente dicha, sino la ideología materialista que ve la religión como un hecho delirante y el científico como el único conocimiento verdadero. Los seres humanos y sus asuntos son, por naturaleza, desordenados. El cientificismo, en la práctica, busca reordenar la sociedad, y la humanidad misma, a lo largo de líneas científicas más “racionales”, manejables.

    El segundo pilar es el erotismo: sexo sin tabúes ni fronteras. El deseo sexual es un instinto poderoso. Liberado de las restricciones morales tradicionales, se convierte en un solvente para derribar instituciones supuestamente represivas como el matrimonio y la familia. Por lo tanto, es una herramienta útil para perturbar y reestructurar la sociedad desde sus raíces. También es un anestésico útil para aliviar el dolor de cualquier agitación social resultante.

    El tercer pilar del nuevo totalitarismo de Del Noce es, irónicamente, el pensamiento religioso progresista. La teología progresista, en la práctica, es una “teología de la secularización”. Sirve como una especie de capellanía del proceso de ruptura social al proporcionar el lenguaje para una rendición gradual de la moralidad tradicional. En nombre de la caridad, cambia el enfoque principal de la fe de un encuentro vertical con Dios a preocupaciones sociales horizontales, de lo trascendente a lo inmanente, lo que resulta, por ejemplo, en la confusión cristiana actual sobre la homosexualidad. En efecto, la religión progresista ayuda a su propia extinción.

    A pesar de su pasado puritano, Estados Unidos era (para Del Noce) especialmente propenso a este nuevo totalitarismo. La razón es simple. Los estadounidenses tienen un genio para la ciencia, un apetito voraz por la tecnología y una historia de individualismo radical. Las personas fragmentadas y ensimismadas son mucho más fáciles de rastrear, instruir y controlar que las comunidades de fe organizadas. Lo que significa que las iglesias cristianas “conservadoras”, y especialmente la Iglesia católica, plantean un problema molesto debido a su apego a una antropología y una moralidad sexual basadas en la Biblia.

    Y ahí radica la raíz de las batallas legales actuales sobre la naturaleza y los límites de la libertad religiosa.

    Este es un trecho de un artículo publicado el 28/11/2022 en First Things, titulado “How to resist the new totalitarianism”, de Francis C. Maier. Traducción de La Botella al Mar. Recomendamos la lectura completa del original.

  • ¿Qué harían distinto si trabajaran para el enemigo?

    ¿Qué harían distinto si trabajaran para el enemigo?

    Maria Anastasia O’Grady compara hoy en su artículo semanal el reciente levantamiento de sanciones que favorece a Nicolas Maduro con la política que eligió el gobierno de Biden con respecto a Guayana, un raro aliado de Occidente en Sudamérica.

    Recientemente hubo un importante descubrimiento petrolero en la costa de Guayana, un pobrísimo país de 800,000 habitantes en la costa norte de Sudamérica, que le permitiría salir de su subdesarrollo, mientras aliviaría la dependencia del mundo en los recursos naturales de Rusia, Venezuela, Irán y otros regímenes totalitarios que nuestros sabios lideres no se han cansado de repetir es una cosa MUY mala.

    Aun mejor. El tipo de petróleo encontrado es bajo del tipo “liviano” y con poco sulfuro lo que lo hace más fácil de extraer y refinar, siendo mejor para el medio ambiente que el que extraerá Chevron en Venezuela. Sin contar el incalculable peligro que representa para el medio ambiente y la humanidad en general tenerlo a Maduro con plata en el bolsillo.

    Sin embargo, la administración Biden se ha opuesto a los prestamos necesarios en los organismos multilaterales que necesita Guayana para desarrollar la infraestructura necesaria. Aparentemente ESTE tipo de explotación petrolera va en contra de los dogmas religiosos de Gaia.

    Naturalmente, China gustosamente, está ofreciendo todos los recursos que puedan necesitar bajo el sistema de prestamos “minados” que los caracteriza.

    Si las “elites” occidentales estuvieran a sueldo de la oposición no harían las cosas de una manera muy distinta. 

    Ya oigo algún escandalizado acusarme de promover “teorías conspirativas”.

    El tema es que, si lo hacen gratis, es aún peor.  

  • Cómo hacen algunos ricos para hacerse más ricos

    Cómo hacen algunos ricos para hacerse más ricos

    En el artículo anterior sobre la generación de riqueza decíamos que la cantidad de trabajadores tiende a ser más limitad que la cantidad de capital.  Efectivamente, criar un chiquito, educarlo y entrenarlo en una profesión es un proceso lento y laborioso (y no siempre exitoso), sin contar que los trabajadores tienen una “vida útil” lo que requiere que deban ser continuamente reemplazados.  El capital, en cambio, es generado en forma constante y se acumula tornándolo cada vez más abundante.

    Recordemos aquí dos conceptos económicos basados en el más sólido sentido común: a) la ley de oferta y demanda y b) y la ley de “disminución de retornos”. 

    El primero dice que cuando hay mas cantidad de un bien, su precio cae y el segundo dice que los factores de producción tienen una correlación óptima bajo la cual el rendimiento es el más eficiente. Si se agrega un factor, la cantidad de producto aumenta cada vez menos hasta que potencialmente se transforma en una disminución.

    En resumen: Si la cantidad de capital crece más rápido que la cantidad de trabajadores y si agregar más capital no necesariamente aumenta la producción, el balance de fuerzas tiende a favorecer al trabajo, no al capital. 

    Pero, objetará mi estimado progre residente, la dinámica es que la riqueza tiende a concentrarse porque los ricos se van adueñando de todos los medios de producción, dejando a los trabajadores excluidos.  ¡Los ricos son cada vez más ricos y los pobres cada vez más pobres! (para usar un cliché).

    En una versión modernizada de este concepto, Thomas Piketty dice que esta relación es afectada por la tecnología que va tornando el trabajo obsoleto a través de la robotización, la inteligencia artificial y otros inventos que reemplazan a los trabajadores por equipamiento (es decir, capital).

    No pretendo personalmente saber más que el Sr. Piketty, aunque sus teorías han sido rebatidas por personajes mucho mas sabihondos que yo.  Pero desde mi limitado sentido común, yo diría que esta tendencia tecnológica simplemente prueba el punto que hacíamos en el párrafo anterior.  Un emprendedor solo invierte en un sistema tan caro como la robotización cuando el costo laboral lo justifica.  Dudo que en Bangladesh haya el mismo nivel de robotización que en Japón.  Por lo tanto, la tecnificación, lejos de probar la supremacía del capital, puede ser usada para demostrar su debilidad creciente.

    Por otra parte, alguien con mucho capital tiene costos para “desplegarlo” que le excluye de una cantidad de negocios por no tener escala suficiente. Sin embargo, esos negocios medianos y chicos que no le interesan al “gran capital” son una parte muy importante de cualquier economía. La razón es que en esos negocios, el trabajo y el capital se confunden en la misma persona. Y con esto se alcanza un muy buen grado de productividad que es difícil de ser igualado aun cuando existieran cantidades ilimitadas de dinero (un restaurante “gourmet”, un hotel “boutique”, un profesional independiente, un artesano, etc.).

    La izquierda le gusta burlarse del “trickle down economics”.  Pero a mi modo de ver es así como funciona:

    • Un trabajador sin capital ve aumentar su valor relativo a medida que el capital se torna más abundante (ley de oferta y demanda). 
    • El capital más concentrado se ve excluido de muchos negocios por un problema de eficiencia (ley de saturación de los factores).
    • Esto abre la oportunidad al trabajador de transformarse en el nuevo capitalista a pequeña escala, que ocupa el espacio que deja “el gran capital”.
    • Su eficiencia es muy alta porque combinan el trabajo y el capital en una misma persona apalancando ambos. 
    • Muchos de estos pequeñas y medianas empresas crecen lo suficiente para poder moverse para arriba en la escala económica.
    • Y el ciclo se perpetua. 

    El Sr. Piketty objeta diciendo que (¡resumiendo mil páginas en una oración…!) el retorno del capital ha sido en el último siglo consistentemente superior al crecimiento económico.   Mas allá de las refutaciones a su teoría y los errores de contabilización que se le han apuntado creo que un factor importante que se ha omitido en su análisis es el papel de las políticas socialistas que han sido prevalentes en el último siglo en muchas partes del mundo.

    • La redistribución de capital implementada a través de altas cargas impositivas dificulta su acumulación y por lo tanto limitan su oferta, sustentando pues el valor del capital ya existente.
    • La sobreabundancia de regulaciones, sirven para alimentar las burocracias estatales, pero limitan las oportunidades de negocios, restringiendo la demanda laboral y por lo tanto disminuyendo el valor del trabajo.
    • Los subsidios al desempleo terminan fomentándolo y además aumentan la demanda agregada (en esto siguiendo el manual de Keynes), al mismo tiempo que reducen la oferta agregada. Esto tiene dos efectos: hacer más ricos a los empresarios actuales y generar inflación, haciendo más pobres a los consumidores.
    • También crean un “piso” al valor del trabajo, en muchos casos incompatible con las oportunidades de negocios que se ubican en la base de la pirámide empresarial (las pequeñas y medianas empresas), favoreciendo una vez mas a los grandes capitales que tienden a concentrarse en sectores de alto valor agregado.

    Mas allá de cuales sean los objetivos declarados de esas políticas, en muchos casos consiguen lo opuesto de lo que dicen querer: Favorecen al “viejo capital”, destruyen oportunidades para los trabajadores, limitan la oferta y aumentan la demanda generando inflación y por lo tanto tienden a aumentar la desigualdad, generar pobres y concentrar el poder.

    Nada nuevo.

  • Como se crea riqueza

    Como se crea riqueza

    Siguiendo con el tema del artículo sobre el “precio justo” publicado hace un tiempo atrás, pensé dedicarle unos párrafos al tema de la creación de riqueza.

    Conversando con un amigo hace un tiempo he descubierto que mucha gente (y no solo de izquierda) le cuesta aceptar el concepto, probablemente influenciados de forma directa o indirecta por la teoría marxista sobre la “plusvalía” del trabajo.

    Estimado lector, si Ud. es un experto economista, ¡no lea este artículo! Se reirá de lo básico de los enunciados. Pero en mi defensa soy un (ex)abogado con apenas un poquito de estudio de economía. Pero creo que hay muchos que tienen mi nivel de incomprensión de los conceptos y espero que ellos se beneficien de mis elucubraciones.

    En la economía clásica se hablaba de los tres factores de la producción: la tierra, el capital y el trabajo.  La tierra es remunerada por la renta, el capital por el interés o el dividendo (dependiendo del nivel de riesgo) y el trabajo por el salario.  Hoy en día se reconoce un cuarto factor que es el conocimiento y la activad emprendedora.

    Voy a recurrir a uno de mis (malos) ejemplos para ilustrar el concepto:  Imaginemos que estamos en un tiempo y un lugar donde una persona que llamaremos Pedro inventa la bicicleta.  Patenta su idea y establece una fábrica para hacerla realidad.

    Identifica un galpón (factor tierra) por el que paga un alquiler mensual (renta).  Para comprar la maquinaria necesaria, pide un préstamo a su banco (factor capital) por el que pacta una tasa de interés que se agregara a las cuotas de repago.  Luego contrata a varios trabajadores (factor trabajo) a quienes les paga un salario.  Digamos que al sumar todos los costos incurridos estima que su costo de producción es $100 por cada unidad producida.

    Nuestro emprendedor hace un estudio de mercado y testea cual es el apetito por su nueva invención.  Descubre que un caballo (competidor de reemplazo mas directo en su mercado) tiene un precio de base, sin opciones, de $1.000.- Por este motivo solo gente pudiente puede acceder a uno. De una población total de 10.000 personas, solo 500 podían disponer de comodidades equinas.

    Decide pues poner un precio de la bicicleta a $500 y con esto tener un mercado potencial no solo de las 500 que tienen ingresos disponibles nivel “caballo” si no que 1.000 personas adicionales. 

    Los criadores de caballos sufren un poco con la aparición de la bicicleta. Pero tienen clientes leales. 400 todavía compran caballos y solo 100 se pasan a la bicicleta, la que es percibida como un producto poco confiable.  Pedro tiene mucha más suerte con su nuevo mercado y vende pues 1.100 unidades. Con una ganancia de $400 sobre el costo de producción por cada una…  Nada mal.   La sociedad en su conjunto perdió los $100.000 de los 100 caballos que no se vendieron, pero gano 550.000 de la nueva industria. La riqueza neta creada de la nada fue pues de $450.000. 

    Marx observo este fenómeno y propuso que Pedro le estaba robando a sus empleados. Que los $400 de ganancia no eran atribuibles a él, si no a los trabajadores cuya “plusvalía” había hecho posible ese ingreso adicional.

    Los partidarios del “precio justo” dirían que las bicicletas no podían ser vendidas a $500 ya que esto es una “ganancia excesiva”. Que un precio “razonable” seria (después de consultar un dado) $150. Que es indiferente que el mercado estuviera a dispuesto a pagar mucho más.  Cobrarles $500 por algo que solo cuesta $100 producir es “engañar al público”.

    Pedro opina que su espíritu ingenioso y organizativo fue el que hizo posible todo esto y que ahora esta estudiando que utilidad puede tener el vapor que sale de su pava cuando hierve el agua.

    Juan, uno de los empleados de Pedro, ajeno a toda esta discusión, piensa que la bicicleta diseñada por Pedro es deficiente. Que una rueda tan grande adelante no es necesaria si se la reemplaza con un piñón y una cadena.  Que se puede obtener un producto mucho mejor usando menos materiales. Además observar que los procesos de producción son poco eficientes.  Después de un tiempo de análisis y planeamiento, patenta un invento, alquila otra fábrica, compra maquinaria y contrata trabajadores. Su costo por unidad es de $50.  Fija su precio en $200 porque descubre que su mercado es de 5.000 personas.  Gracias a su buen marketing, consigue robarle el 100% del mercado a Pedro y un 50% a los caballos. Pero ahora 5.500 personas tienen medio de transporte, cuando antes eran solo 1.000.

    Pedro, nada satisfecho con la situación, recurre a sus amigos en la municipalidad para que prohíban el producto de Juan, diciendo que es poco seguro. Que desarrolla velocidades demasiado altas. Que con tan poco metal es poco seguro. Que con tantas bicicletas el medio ambiente del pueblo se deteriora. Y todos los otros argumentos que se le pasan por la cabeza.  Ofrece que las bicicletas tengan un precio “justo” de $200 y que se protejan las fuentes de trabajo de su fábrica estableciendo una prohibición de establecer nuevas.

    Como el consejo del pueblo está compuesto por gente inteligente y no corrupta, rechazan sus argumentos y le apuntan que Juan ha creado una importante cantidad de riqueza para el pueblo, de la misma manera que él lo había hecho en el pasado.  Lo invitan a continuar con sus investigaciones sobre el vapor que él decía eran tan promisorias….

    El proceso continuo con Tomas, quien inventa un producto parecido al de Juan, pero con un costo de producción de $30 y la vende a $90.  Todo el pueblo tiene a su alcance ahora bicicletas con una generosa ganancia, todavía esta por debajo del costo de producción original.

    Diez años después hay veinte fábricas de bicicletas. El costo de producción esta en $25 por unidad y el precio de venta esta en $30.   

    Pedro, Juan y Tomas salieron del negocio de las bicicletas hace tiempo porque inventaron la maquina a vapor, la electricidad y le energía atómica respectivamente.

    Conclusión: El mercado trata de pagar la menor cantidad de ganancias posible. Nadie le “regala” nada a los emprendedores. Estos aprovechan mientras puede para acumular capital que a su vez servirá de semilla para nuevos emprendimientos. Si el gobierno se mantiene al margen y no trata de “proteger” a nadie, la competencia se encargará de reducir los márgenes al mínimo. El factor trabajo es el más limitado, por lo tanto será el primero que tenga escasez y conseguirá subir los sueldos El capital será cada vez mas abundante a medida que se crea más y más riqueza, bajando su nivel de compensación.  

    Si Ud. quiere mejorar la situación de los trabajadores y minimizar el nivel de ganancias que tienen los empresarios, opóngase a la “protección” de los burócratas estatales. Lo único que quieren ellos proteger es su propia posición y la de sus amigos.

  • La deuda externa y una fallida investigación (II)

    por Alejandro Olmos Gaona

    Se puede leer este trabajo completo acá.

    LA JUDICIALIZACIÓN DE LAS DECISIONES POLÍTICAS

    Una de las cuestiones más discutidas  respecto a los aspectos legales y constitucionales de las operaciones que permitieron la constitución de la deuda exterior de la Nación, ha sido que la misma no puede ser materia de ningún cuestionamiento judicial, debido a que se trata de decisiones políticas del Poder Ejecutivo, y que además las posibles ilegalidades y la posible y eventual comisión de delitos de acción pública no serían susceptibles de ser investigados, debido a que se trata de decisiones políticas reservadas a las esfera de la administración del Estado (4). Este extendido criterio que sostiene la dirigencia política, algunos politólogos o analistas, una variada gama de comunicadores y aún algunos cultores del derecho judicial, utiliza como fundamento  que los actos del Poder Ejecutivo en determinadas materias no pueden ser objeto de revisión por el Poder Judicial. Se entiende en forma errónea que tales actos no pueden ser materia de control alguno, debido a que son el producto de facultades privativas y propias del poder que las ejerce.

    Desde muy antiguo se ha alegado que admitir el control judicial de los actos emanados del poder político significaría una clara violación de la división de los poderes, al permitir la ingerencia de uno de ellos en el ámbito en el que se desenvuelve el otro poder; y en un sistema marcadamente presidencialista como el argentino, ello significaría una inadmisible intromisión, que de realizarse alteraría sustancialmente un esquema constitucional que ha señalado competencias específicas en las que debe desenvolverse cada uno de esos poderes. Ésta cuestión del control judicial de los actos ejercidos por el poder administrador constituye un tema clásico de la teoría del Derecho que ha sido largamente discutido atreviéndose algunos tratadistas a plantear Algunos se han atrevido a plantear que: “Verdaderamente, ¿de qué trata el Derecho Administrativo si no es del control de la discrecionalidad?” (5) pudiéndose registrar una larga lista de trabajos que se han  enfocado a analizar con minuciosidad todas las cuestiones atinentes a un tema fundamental, que se ha soslayado, continuándose con insistir por parte de integrantes del Poder Legislativo mayoritariamente, en conceptos ya abandonados desde hace muchos años y que parten de la concepción soberana del poder que tenían los regímenes absolutistas, donde las decisiones no admitían control jurisdiccional alguno. Esto se pudo observar particularmente, en las expresiones condenatorias de una importante cantidad de legisladores respecto al fallo de la Corte Suprema de Justicia de la Nación, que declaró la inconstitucionalidad  de los arts. 2, 4, 18 y 30 de la Ley 26.855 que estableció una nueva regulación del Consejo de la Magistratura y del Decreto 577/13 (6). Se llegó a sostener el absurdo que el Poder Judicial no podía cuestionar lo decidido por los representantes del pueblo.  

    Tales planteos comunes en la consideración de la dirigencia política, si bien han quedado desestimados por el Derecho Administrativo, todavía persisten, con la suficiente entidad, para que en la magistratura federal, no se haya procedido de acuerdo  al derecho que tienen los ciudadanos de recurrir a la justicia ante decisiones del Poder Ejecutivos que puedan afectarlos, ya que una genuina concepción de lo que es la organización del Estado determina que los ciudadanos no sean súbditos sino mandantes del Poder Administrador y en consecuencia este sea un servidor y no  como lo planteaba la concepción monárquica.

    Aunque no es mi intención extenderme  en largas consideraciones sobre el particular –aunque el tema lo amerita, dada la concepción que todavía pareciera sigue vigente en la Argentina- me  pareció oportuna  la opinión de  Woehrling quien sostiene que “Desde hace aproximadamente 20 años se constata un profundo movimiento de reforma en los sistemas de control jurisdiccional de la Administración en prácticamente todos los países europeos. Se puede afirmar que este movimiento se ha acentuado aún en el período último” y cita los regímenes contencioso-administrativos de Suecia y Holanda, la constitucionalización de de la jurisdicción contencioso-administrativa en Grecia, Portugal, España, Alemania e Italia, agregando que “estas disposiciones constitucionales, constituyen un verdadero mandato constitucional dado a los Tribunales encargados del contencioso-administrativo y refuerzan la legitimidad de sus intervenciones. Este cuadro constitucional juega, pues un papel directo en la extensión y la intensificación del control jurisdiccional de la administración” (7). Esa corriente de control de la legalidad de los actos de gobierno, es unánime en la mayor parte de los países europeos, y se funda en los principios fundamentales que deben regir en una democracia. . No se trata pues de la invasión de un poder sobre el otro como lo sostienen algunos vulgares apologistas de las decisiones del Poder Ejecutivo, sino simplemente de ese inexcusable control de establecer la legalidad de esos actos.

    Resulta por demás evidente, que ante una violación a las normas constitucionales que afecten los derechos de cualquier ciudadano, éste no tiene otra alternativa que recurrir a la justicia con el objeto de que se restablezcan sus derechos conculcados. Eso no significa intromisión o injerencia, sino el correcto funcionamiento del orden establecido por la propia Constitución. En nuestra doctrina, Bidart Campos ha sido el más enfático en sostener que “El aspecto primordial de las cuestiones políticas radica entonces, en que la exención de control judicial involucra exención del control de constitucionalidad… En primer lugar estamos ciertos que la detracción del control viola el derecho a la jurisdicción de los justiciables. No poder conseguir por declinación del Tribunal el juzgamiento de una cuestión rotulada como política, es tanto como decir que los ciudadanos carecen del derecho a la jurisdicción, o sea de derecho a acudir a un órgano judicial para que se resuelva una pretensión…. Cuando el Estado no puede ser llevado a los tribunales estamos además fácticamente ante el hecho de la irresponsabilidad. Es elemental que si el Estado no puede ser juzgado, el Estado no responde por ese acto que conserva todos sus efectos, aunque sea infractorio de la Constitución…La sumisión completa del estado al orden jurídico reclama que el gobernante esté sujeto no solo a la vis directiva de la ley, sino a la vis coactiva y compulsiva… Hay un argumento muy sólido que resulta favorable a la judiciabilidad. Al organizar la administración de justicia, la Constitución argentina confiere a la Corte y a los demás tribunales inferiores en su artículo 100 la competencia de decidir “todas” las causas que versan sobre puntos regidos por la Constitución. Cuando se dice “todas” las causas es imposible interpretar que haya “algunas” causas que escapen al juzgamiento. Dividir las causas en judiciables y políticas (no judiciables) es fabricar una categoría de causas en contra de lo que impone la misma Constitución” (8).

    Resulta indudable que la concepción de la no judicialidad, no responde de ninguna forma al orden jurídico, sino a la invariable pretensión del Poder Ejecutivo, sustentada durante décadas, de no aceptar control judicial alguno, lo que puede resultar correcto cuando las decisiones adoptadas estén conforme al orden público, no causen perjuicio a los ciudadanos y no alteren el orden constitucional. Pero cuando esas decisiones, se traducen en una afectación de las garantías constitucionales, cuando el Poder Ejecutivo impone normas que contravienen la ley, no puede desconocerse la facultad que tiene el Poder Judicial para revisarlas y dejarlas sin efecto, ya que esa es una de las misiones que le ha conferido la Ley Fundamental. Suponer lo contrario, significaría otorgar facultades omnímodas al Poder Administrador, no sujetas a control alguno, lo que por supuesto no tiene nada que ver con el ordenamiento republicano y democrático, y como afirmaría Kelsen “El destino de la democracia moderna depende en una gran medida de una organización  sistemática de todas las instituciones de control. La democracia sin control no puede durar. Si excluye esta autolimitación que representa el principio de legalidad la democracia se disolverá a si misma” (9).

    Tales conceptos son esenciales para definir algo que la dirigencia política se  encargó de enmarañar, y es el real concepto de servicio que debe tener el poder administrador, que no resulta una entidad con poderes ilimitados a  cuyas decisiones deben someterse los ciudadanos que son sujetos tributarios de esa administración. Muy por el contrario, el Poder Ejecutivo gobierna y ejecuta los actos que el Poder Legislativo ha sancionado como representante del pueblo. También está facultado para reglamentar las leyes y adoptar todas aquellas medidas administrativas que hacen al buen funcionamiento del  Estado, pero ello en modo alguno significa el otorgamiento de poderes extraordinarios o facultades especiales, ya que como la propia Constitución señala en su Art. 29, tales facultades llevan consigo una nulidad insanable y sujetarán a los que las formulen, consientan o firmen, a la responsabilidad y pena de infame traidores a la patria. Esa concepción de servicio parece haber sido olvidada hace décadas y es por eso que puede verse que en muchos casos el ejercicio del Poder Ejecutivo ha devenido en una suerte de poder supralegal que ejerce su voluntad a través de un riguroso control de la actividad parlamentaria. García de Enterría ha señalado con claridad algo que muchas veces la dirigencia política parece haber olvidado, para no afrontar las responsabilidades que le competen, y es el hecho de que “La Administración no es representante de la comunidad, sino una organización puesta a su servicio, lo cual es en esencia distinto. Sus actos no valen por eso como propios de la comunidad –que es lo característico de la Ley, lo que presta a esta su superioridad e irresistibilidad- sino como propios de una organización dependiente, necesitada de justificarse en cada caso en el servicio de la comunidad a la que está ordenada” (10).

    Este imperativo de servicio, supone por cierto, el control de legalidad inherente a la condición que tiene, para evitar una desnaturalización de sus derechos, mediante la instrumentación de disposiciones que los restrinjan o los eliminen. Es una forma de resistir la arbitrariedad del poder mediante la utilización de todos los recursos que la ley otorga. Como con propiedad se ha dicho “El derecho de resistencia se canaliza, pues, hacia la responsabilidad o dación de cuentas y ésta, a su vez, finalmente, hacia una acción judicial que pide que se restituya al demandante su situación arbitrariamente afectada por el agente que obra al margen o en contradicción con la Ley” (11).

    Seguramente la forma peculiar con la que se maneja la política en el país, y la discrecionalidad con la que muchas veces se desempeñan los cargos en los más altos estamentos del Estado, ha determinado  que las formalidades democráticas sustituya lo que es la democracia real, que ha veces no se ejerce como debiera. Afirmar apodícticamente que los que gobiernan representan la voluntad del pueblo y que cuentan en su favor con una legitimidad que los justifica formalmente ante los órganos de control, es rendir tributo a una mística de la representación política que nada tiene que ver con la realidad que puede observarse a diario. Pretender oponer, como alguna vez se ha intentado, a las exigencias del control, en sus varias aplicaciones (político, presupuestario, legal o jurídico, preventivo) la necesidad de un desembarazo de los gobernantes para poder actuar con eficacia, resulta en la situación actual de la democracia, a la que nos hemos referido una completa ingenuidad. La famosa eficacia, si pretendiese hacerse a costa del Derecho y como una alternativa al mismo, no es más que la fuente de la arbitrariedad, como enseña la experiencia humana ya más vieja y hoy vívidamente renovada. Es necesario, como ya observó Locke, confiar el gobierno a personas sobre las que resulta inevitable desconfiar. Elegir gobernantes, como ya sabemos, no es alienar de una vez por todas, y ni siquiera por un plazo temporal la facultad completa de decisión, sino confiar a unos determinados equipos políticos la gestión pública bajo el gobierno de la Ley, que sigue siendo la estructura de hierro ineludible del gobierno democrático, y la observancia efectiva de esta Ley no puede quedar a la sola discreción de los mandatarios del pueblo (12).

    Sin embargo  existen doctrinarios que han sostenido que el control jurídico de los actos políticos que se ejerce en un estado de derecho, implica de hecho la ruptura del principio de división de poderes (13) alimentando sus concepciones en peculiares interpretaciones de la democracia y porqué no, en las teorías de Carl Schmitt; empero tales criterios no se siguen en ningún país occidental, donde el control constitucional es un elemento fundamental de las democracias. Esto es así porque en regímenes de tal naturaleza hay una delegación temporal del poder que efectúa el pueblo en sus representantes, la que está sujeta a las limitaciones de un ejercicio que no puede ser discrecional sino acotado al mandato que le ha sido conferido. Como gráficamente lo expresara un distinguido sociólogo español “Una democracia propia de una sociedad civil (en su sentido amplio) no es aquella donde la vida pública se reduce al momento de la representación política: aquel cuando la sociedad entrega su voto, supuestamente, su capacidad de decisión sobre asuntos públicos a una clase política, que a partir de ese momento, decidiría por ella… Lo cierto es que, como se demuestra en la vida real de la mayor parte de las sociedades civilizadas, las gentes libres se resisten a entregar su capacidad política, acotan un espacio para sus propias decisiones poniendo límites al Estado y cuando delegan su poder lo hacen bajo condiciones estrictas, reservándose incluso entonces recursos y capacidades de intervención. Más aún, como ciudadanos, y no súbditos, se definen como interventores y participantes permanentes de la cosa pública, y consideran a la clase política no como sus señores, sino como sus servidores. Ello significa, por tanto, que definen a la democracia como un proceso de formación de opinión, donde todos, políticos y ciudadanos, debaten continuamente la naturaleza de los problemas políticos y sus soluciones. Cada decisión que pueda tomarse, con el procedimiento que en cada caso corresponda, es considerada como una decisión provisional, a ser reexaminada a la vista de sus consecuencias y de los cambios de las circunstancias, incluidos los cambios en los sentimientos colectivos y en cuál pueda ser, a cada momento, el estado de la conciencia civilizada en la sociedad en cuestión” (14).

    Aunque el control jurisdiccional de las potestades del poder ejecutivo es un viejo tema de la teoría del derecho, que ha sido nutrido por interesantes aportes durante diversas épocas,  hoy es casi inexistente la discusión, ya que no se admite que los actos del poder ejecutivo revistan una categoría especial o posean un bill de indemnidad que los haga poseedores de un “status” jurídico especial, que le permite estar exento del control que pueda ejercer la magistratura judicial. En nuestro medio solo los dirigentes políticos, pretenden sostener esa suerte de inmunidad. La alegación más común que se efectúa,  es que admitir ese control jurisdiccional significaría constituir una especie de supra-poder o dejar el poder real en manos de los jueces, lo que resultaría una negación del sistema de la división de poderes. Esto, es naturalmente un argumento falaz, ya que no se trata de que exista un poder  que esté por encima de los otros que componen el sistema, sino de algo mucho más simple y elemental, y es el de pretender que las decisiones del Poder Ejecutivo, se ajusten a la Constitución y a las leyes de la República.

    Existe tal acostumbramiento en nuestro régimen político a negar ese control como si se tratar de una injustificada intromisión en áreas reservadas exclusivamente al poder político, que cuando se efectúa un planteo limitativo al exceso de poder, surge inmediatamente el rechazo a aceptar lo que no es sino un mecanismo que está claramente establecido por la Constitución Nacional. Además de ello se trata de impedir que ese decisionismo del  Poder Ejecutivo lo convierta en una entidad autoritaria con capacidades no solo administrativas, sino legislativas y aún judiciales al determinar cuáles de sus actos son susceptibles de un encuadramiento jurídico y cuáles no.

    Uno de los argumentos generalmente utilizados, respecto a la no-judicialización de las cuestiones políticas, es también de que se trata de decisiones políticas, sin afectación constitucional, invocándose la doctrina norteamericana que ha establecido una cuasi separación de competencias al respecto. Sin embargo creemos que aquí también se cae en una gran equivocación, por soslayar en definitiva, la naturaleza específica de la acción y quien es el encargado de decidir la misma. Al respecto el Juez Brennan sostuvo oportunamente que “El carácter no justiciable de una cuestión política es esencialmente una función de la separación de poderes. Se origina mucha confusión en la capacidad del rótulo de la cuestión política para oscurecer la necesidad de una indagación casos por caso. Decidir si un asunto ha sido destinado  en cierta medida por la Constitución u otra rama del gobierno, o si la acción de esa rama excede la autoridad que será dispensada es en sí mismo un delicado ejercicio de interpretación constitucional, y es una responsabilidad de esta Corte como interprete definitiva de la Constitución” (15).

    En la doctrina norteamericana, que muchos utilizan equivocadamente, está muy claro el hecho de la “revisión  judicial” de aquellas cuestiones que se susciten al amparo de la  Constitución, tengan que ver con una ley del Congreso, o un Tratado. Esto tiene viejos antecedentes y va mucho más lejos que la propia Constitución; tiene que ver con el conocido dictamen del Jurista Coke, Presidente de la Corte, que determinó “que cuando una ley del Parlamento se opone al derecho común o a la razón…la ley común se impondrá y despojara de validez a dicha norma”, y el Juez William Cushing, que fuera uno de los primero juristas designados por Washington para integrar la Suprema Corte, recomendó a un jurado de Massachussets, que ignorase ciertas leyes del Parlamento por nulas e inoperantes. Hamilton plantearía después en El Federalista, Nº 78 que “La interpretación de las leyes es dominio apropiado y peculiar de los tribunales”.

    Aunque resulte una obviedad la Constitución, en cuanto norma fundamental del orden  jurídico del Estado, no puede ser alterada por leyes u otras normas que la alteren, y es por ello que solo a los jueces les corresponde interpretarla  como asi también el significado de determinada ley originada en el cuerpo legislativo, y en caso de diferencia irreconciliable entre las dos, preferir la voluntad del pueblo declarada en la Constitución a la de la legislatura expresada en la ley”. De allí han salido diversas doctrinas destinadas a establecer esa cuasi separación, pero en ningún caso se ha negado el derecho del Poder Judicial a revisar cualquier acto que afecte el derecho constitucional de un ciudadano. Aquí de lo que se trata, es no de justificar la existencia de un poder judicial por encima de los otros que integran la estructura del Estado, sino simplemente de un control de constitucionalidad que no es fácil de ejercer.

    No corresponde seguir  extendiéndome sobre una doctrina ya aceptada en forma casi unánime, superadora del viejo esquema conceptual de la no judicialidad de las decisiones políticas. No caben dudas que los actos impropios, arbitrarios o ilegales deben ser materia de juzgamiento, y todo lo referido al endeudamiento externo, que ha sido materia de una complicada investigación en la justicia federal penal   es precisamente uno de esos actos, donde se han sumado todo tipo de obstrucciones, se han planteado incompetencias, utilizándose todo tipo de recursos para evitar que se establezcan responsabilidades, estableciéndose las sanciones que correspondan a quienes defraudaron el patrimonio público.


    Notas

    (4) Respecto a tales criterios, el Secretario general de la Presidencia de la Nación, me hizo llegar en nombre de la entonces Presidenta de la Nación Cristina Fernández de Kirchner, una carta en el mes de enero de 2010,e, respuesta a una mía, donde expresaba, que debido que ciertos actos habían sido convalidados por el Poder Legislativo, nada se podía hacer respecto a la celebración de actos, que podían ser objeto de reproche penal.

    (5) Bernard Schwartz, Administrative Law, 3ª. ed. Bostón 1991, pág. 652.

    (6) CSJN: Fallos 336:760.

    (7) Le contrôle juridictionnel de l’Administration en Europe de L’Ouest, en “Revue Europeénne de Droit Public, Londres 1995, vol. 6, Nº 2, pág. 353 y siguientes.

    (8) Germán J. Bidart Campos, La Interpretación y el Control Constitucional en la Jurisdicción Constitucional,  Ediar, Buenos Aires, 1987, pág. 161/162.

    (9) Hans Kelsen La Democratie. Sa nature. Sa valeur, Económica, Paris, 1988, pág. 72-73. Es traducción del original publicado en Tübingen en 1929.

    (10) Eduardo García de Enterría y Tomás R. Fernández, Curso de Derecho Administrativo, Ed. Civitas, 5º ed. Madrid 1996, Tº I, pág. 30.

    (11) Eduardo García de Enterría, La Lengua de los derechos. La Formación del Derecho Público Europeo tras la Revolución Francesa, Madrid, Alianza, 1994, pág. 140.

    (12) Eduardo García de Enterría, Democracia, Justicia y Control de la Administración, Ed. Civitas, Madrid, 1998, pág. 114.

    (13) Nuria Garrido Cuenca, El Acto de Gobierno, Cedesc Editorial, Barcelona, 1998.

    (14) Víctor Pérez Díaz, España puesta a prueba 1976-1996, Alianza, Madrid, 1996, pág. 65.

    (15) “Baker v. Carr”. U.S. 186, 198-a962. 

  • La edad contemporánea ha muerto. Bienvenidos a la era tecnológica.

    La edad contemporánea ha muerto. Bienvenidos a la era tecnológica.

    Quizás es un cliché pensar que uno vive en lo más importante de la historia de su tiempo, pero hay algunas cosas que me llaman la atención actualmente, y si me das unos minutos te digo porqué pienso que hay un cambio de Era, de época histórica, y porqué a este nuevo capítulo lo llamaría “Era tecnológica”.

    En la antigüedad caían los imperios y se pensaba que la historia estaba en su punto mas profundo; o por el contrario la conformación de nuevas dinastías y una paz duradera, hacían pensar a los contemporáneos que se abría una nueva época. A veces esto sucedía efectivamente, por ejemplo, con la caída del Imperio Romano, Europa quedó sumida en el desconcierto, poblaciones aisladas en constante alerta frente a partidas de antiguos guerreros convertidos en bandoleros. Terminaba la Edad Antigua y comenzaba la Edad Media.

    Estos vaivenes de la Historia producían cambios de época. Y si bien estamos acostumbrados a mirar la historia desde el punto de vista político, en paralelo y no menos importante, se producen descubrimientos y evoluciones en la técnica que marcan puntos de inflexión en la Historia. Por ejemplo, el arte de dominar al caballo hizo enormes diferencias entre los pueblos antiguos. Así mismo, la rueda, la palanca, o las técnicas de forja de metales. Más tarde el descubrimiento de la pólvora marcó un antes y un después en la historia. La máquina de vapor produjo la revolución industrial, y el automóvil y el avión transformaron para siempre la forma de desplazarse de la humanidad.

    Asimilable a esto, y quizás mucho más importante todavía para la historia, es lo que -a mi entender- da inicio a la nueva Era Tecnológica: el celular.

    Si pensamos que -salvo contados casos en el mundo- todos tenemos un celular en el bolsillo todo el día, y que lo usamos un promedio de 3 horas por día, no existe ningún otro descubrimiento que sea tan difundido, en tan poco tiempo, y con tanta influencia diaria en la vida de la humanidad. Ni siquiera la rueda. Por supuesto que todos los inventos suman elementos de otros anteriores, y en esta línea son antecedentes necesarios del celular la computadora y el internet.

    Y si bien el celular es el rey de esta nueva época, hay muchos otros inventos que hacen patente un cambio diametral en los usos y costumbres sociales, laborales y culturales. En esta nueva era se trabaja desde la casa, se hacen transacciones bancarias on-line, se venden propiedades, se aprende todo tipo de cosas por internet, se sacan fotos y se envían al instante al otro lado del mundo. Los mercados más grandes son digitales, las empresas tecnológicas marcan el ritmo de las inversiones globales, e incluso las monedas digitales se abren camino desplazando al papel moneda, el rubro más exclusivo del mundo.

    Con el desarrollo tecnológico se aceleran todos los demás procesos, porque en la medida en que la información está mas a la mano, todos podemos tomar ideas de otros y de esta forma avanzar más rápido en nuestros propios proyectos. Antes, hasta hace muy poco, para estudiar cierto asunto había que recurrir a libros que nacían viejos porque al momento de ser publicados ya estaban desactualizados.

    La capacidad de adaptación también se transformó. Todo es mucho más rápido. Éste es quizás uno de los elementos más disruptivos de la nueva era: la velocidad con que la tecnología permite aprender y desarrollar todas las demás herramientas disponibles. Cruza transversal y constantemente nuestras acciones diarias, nuestras decisiones laborales y sociales. Incluso las amorosas, desde que se puede consultar el perfil del “target” en las redes sociales.

    A veces los cambios de época se miden o se manifiestan por el aspecto cultural, otros, por cambios políticos, religiosos, o en algún momento por fenómenos económicos o industriales. Desde que se popularizó la tecnología, con su buque insignia el celular, todos estos órdenes se vieron transversalmente afectados. Los autores culturales se volvieron “influencers”, la guerra se puede hacer desde un comando virtual, la política y los medios de comunicación pasaron a ser digitales, etc. En pandemia fuimos a Misa por computadora -eso sí- transmisión en vivo.

    Por supuesto la política no pudo resistir la tentación, y hay varios casos de campañas electorales con buenos resultados, hechas totalmente por medios tecnológicos. Ni hablar de las no tan límpidas victorias mediante votos electrónicos (que les expliquen a los griegos lo que es democracia de verdad) ¡Ésa no se le había ocurrido ni a Maquiavelo!

    Desde el momento en que la misma tecnología permite el autoaprendizaje de los programas, tiene a su disposición la experiencia y el aporte del 99% de la humanidad, que pasa al menos 3 horas por día en medios tecnológicos, retroalimentando el desarrollo de las distintas plataformas y terminales.

    La humanidad del ser humano permanece tal y como la conocieron todas las épocas de la historia, pero las herramientas a su disposición actualmente son extraordinarias respecto de las eras anteriores. La universalidad de la tecnología, el acceso al conocimiento y la velocidad de comunicación, transforman totalmente el panorama global.

    La vida y el mundo ya no son los mismos antes y después del celular. Esa mini computadora que tenemos en el bolsillo es una ventana al multiverso dominado por la tecnología.

    Y si esto no es un cambio de época… ¡leo las críticas que manden por paloma mensajera!

  • La deuda externa y una fallida investigación

    por Alejandro Olmos Gaona

    Introducción

    Aunque la problemática de la deuda externa, siempre ha estado presente de una u otra manera en los análisis económicos, y ha tomado una enorme gravitación en los últimos años, debido al crecimiento de la misma, a la dificultad de pago de las obligaciones externas, y las dificultades generadas por su posible incumplimiento; su relación con el derecho siempre ha estado ausente,  y son prácticamente desconocidos los aspectos que la vinculan al derecho penal, debido a los actos ilegales e ilícitos que se realizaran, durante la constitución de la misma. Esa invisibilización permitió que no se tomara debida conciencia, de la gravedad de un proceso que comenzara en el año 1976, y que se desarrollara a través de los distintos gobiernos, después de la instauración de la democracia en diciembre de 1983, y que las investigaciones que llevara a cabo la justicia en lo criminal y correccional federal permanecieran ignorada no solo por los grandes medios, sino también en los ámbitos universitarios donde ha estado ausente su consideración, salvo alguna que otra excepción (1).

    Entre los estudiosos del derecho penal, es prácticamente desconocida esa investigación, los actos ilegales e ilícitos que fueran comprobados, la sentencia dictada respecto a un tramo de la deuda, y el trabajo desarrollado por el Ministerio Público Fiscal, para poner en evidencia la enorme cantidad de operaciones ilícitas que se constituyeron a partir de la dictadura, y que a través de similares acciones siguieron adelante en el tiempo, sin que la justicia adoptara una decisión sobre los involucrados en los distintos procesos, limitándose a una recolección de pruebas, acumulando documentos, testimonios, informes, y auditorías que mostraban como se fue articulando un proceso de graves consecuencias para la estructura económica de la Nación.

    Cuando se ponen en evidencia las morosidades de la justicia en la investigación de determinadas causas que involucran a funcionarios públicos, se hacen múltiples referencias a la comisión de posibles delitos de acción pública, pero la deuda siempre está ausente, siendo esta precisamente una de las investigaciones más importantes que están en la justicia federal por la magnitud de los créditos investigados, y por el desmesurado crecimiento de la misma, que nunca se detuvo, desde las primeras operaciones que comenzaron en la primera mitad del año 1976. De allí que surge una relación inescindible entre ciertas formas de las operaciones que se llevaron a cabo y la aplicación del derecho penal, como ha intentado hacerlo desde hace décadas el Ministerio Público Fiscal, sin que la justicia, haya adoptado procedimientos que permitieran juzgar a los responsables de diversas acciones, que ocasionaron graves perjuicios a la economía nacional.

    No me estoy refiriendo a cuestionar algunas decisiones económicas, que pueden no ser materia de judicialización alguna, sino a la realización de actos ilegales, la comisión de delitos de acción pública, las diversas acciones de encubrimiento, para que una investigación que comenzara hace 38 años, terminara en la nada, y se convirtiera nada más que en una acumulación de papeles sin destino.

    En la primera investigación de la deuda que tuviera sentencia definitiva en el año 2001, se decretó el sobreseimiento por prescripción, debido a que los 18 años de trámite no daban lugar a resolverla de otra manera, aun cuando el tribunal fue el principal responsable, por su constante inacción. La causa que tramitara en la justicia en lo penal económico, que fuera remitida por incompetencia a la justicia federal, no tuvo mejor resultado, ya que el magistrado interviniente, no adoptó ni una sola medida para investigarla a pesar de los miles de infracciones a la ley penal cambiaria que fueran detectadas, y a la responsabilidad penal, que el juez en lo penal económico había detectado en el comportamiento de los directivos del Banco Central de la República Argentina. La tercera causa de la deuda, donde se investigaran los distintos ilícitos relacionados con la estatización de la deuda privada, la deuda con el Club de Paris y los distintos procesos llevados a cabo a partir de 1984 sigue abierta, sin que se adoptara decisión alguna. A esta causa se añadió otra iniciada en el año 2006 para investigar hasta la última reestructuración de la deuda del 2005, que siguió el mismo camino después de años donde se discutió la competencia del tribunal que debía intervenir.

    En estos procesos penales, donde como se verá más adelante se pusieron en evidencia distintas maniobras defraudatorias en perjuicio del patrimonio público, el procedimiento penal se constituyó en letra muerta. A pesar de enorme trabajo realizado por algunos peritos del Banco Central, de la existencia de numerosa documentación probatoria, los distintos titulares del Juzgado federal N°2 no consideraron que debían cumplir con los tramites fijados por el Código Procesal Penal, y fue así que las distintas causas, fuera de los documentos que se incorporaban, permanecieron en una especie de limbo, cuyas consecuencias sería  nuevamente la prescripción de los ilícitos investigados. En  una de las apelaciones relacionadas con incidentes de las últimas causas, uno de los jueces de la  Cámara en lo Criminal y Correccional Federal, consideró que no tenía ningún sentido seguir adelante con estas investigaciones, debido a que no se podía volver atrás en las operaciones  de endeudamiento (2).

    Ninguno de los organismos de control que tuvieron debido conocimiento de los distintos procesos quisieron involucrarse en materia tan peligrosa. Ni la Sindicatura General de la Nación, ni la Auditoría General de la Nación, ni la Procuración General de la Nación, ni la Procuración del Tesoro, y vanos fueron los esfuerzos del titular de la Fiscalía Federal N° 6, Dr. Federico Delgado, que reiteradamente insistiera, para que se tomara la debida intervención en la causa. La Procuración del Tesoro, entendió que no le correspondía efectuar acciones de responsabilidad, ante un pedido del Ministerio Público Fiscal, y decidió que solo lo haría después de analizar las conclusiones a las que hubiera llegado la Comisión Bicameral de Investigación y Seguimiento de la Deuda Externa, creada en septiembre del año 2014, mediante la ley 26.984, que fuera disuelta en marzo de 2016 (3). La Procuradora estimaba más relevantes el trabajo de la Comisión y no las investigaciones llevadas a cabo por la justicia.

    Pareciera que todas las herramientas suministradas por el derecho penal, y las propias competencias que la Constitución le asigna al Poder Judicial de la Nación, hubieran resultado inútiles para llevar a cabo un proceso, donde además de verificar las existencia de los posibles delitos de acción pública y actos ilegales realizados por funcionarios públicos, se estableciera con claridad las responsabilidades emergentes de muchas decisiones, que llevaron a constituir una deuda externa pública, que comenzara a incrementarse desde marzo de 1976, hasta este año 2020.  En las páginas que siguen, además de los comentarios pertinentes sobre una casi desconocida sentencia judicial, se podrá ver en apretada síntesis las particulares características de un proceso, donde el derecho penal estuvo ausente, a pesar de su decisiva importancia, en causas de tal gravedad como las que aquí se exponen. Su aplicación irrestricta, hubiera significado poner en evidencia las constantes transgresiones al orden jurídico por parte de funcionarios públicos, mostrando además que la deuda no resulta ser solo una categoría económica, que no admite controversia legal alguna, sino que también le son aplicables las normas del orden jurídico como a cualquier acto de la administración pública.

    El fundador de este sitio web Cosme Beccar Varela, siempre estuvo interesado en esta problemática, y cuando el Dr. Jorge Ballestero, emitió su fallo sobre la deuda en el año 2000 lo publicó íntegramente, ya que le interesaba mostrar cuestiones que son invariablemente silenciadas, y aunque quizás discrepamos en muchas apreciaciones políticas, siempre reconocí su valentía de decir lo que pensaba, sin importarle que fueran criticadas sus posiciones. Es por eso que entiendo que estos datos objetivos, de alguna manera pueden ser útiles a todos aquellos que les interese el tema.


    Notas

    (1) La Cátedra Libre de Deuda externa  que funciona hace más de 6 años en la Facultad de Derecho de la Universidad de Buenos Aires, que está a cargo del Embajador Miguel Espeche Gil ha funcionado de manera intermitente.

    (2) Voto del Dr. Eduardo Farah.

    (3) En la nota enviada el 17 de noviembre de 2014 a la Comisión Bicameral por la Dra. Angelina Abbona, se hizo constar “Ahora bien, la Procuración del Tesoro de la Nación no ha intervenido en representación del Poder Ejecutivo Nacional, en carácter de parte, en la referida causa judicial, ni en ninguna otra vinculada con la estatización de la deuda externa privada entre 1981 y 1983… Ello en virtud de no haber recibido encomienda alguna en tal sentido, decisión esta derivada de las conclusiones a las que arribó el Juzgado en lo Criminal y Correccional FederalN°2 de esta Capital en el pronunciamiento dictado el 13 de julio de 2000 en la causa 14.467, caratulada “Olmos Alejandro s/denuncia” (Expte 7723/98) en la que el magistrado actuante concluyó dictando sobreseimiento en la causa; pero a la vez, dispuso la remisión de los antecedentes reunidos durante la investigación al H. Congreso de la Nación, instándolo a adoptar dentro de sus competencias constitucionales, las medidas que estime conducentes para a mejor solución de la deuda externa de la República. Esa cuestión ha sido finalmente abordada por el Poder Legislativo con la sanción de la Ley 26984, en la que se contempló la creación de la Comisión Bicameral que Ud. preside, a los fines de la investigación del origen y legitimidad de la deuda externa de la Nación. Resulta claro que las conclusiones a las que arribe esa Comisión constituirán el antecedente indispensable para la adopción de diversos cursos de acción futuros, en el ámbito jurisdiccional.”


    Se puede leer este trabajo completo acá.

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